“Cada médico deberá tramitar su Aviso de Funcionamiento y de Responsable Sanitario del Establecimientode Servicios de Salud de acuerdo a su especialidad en cumplimiento con lo establecido en la Ley General deSalud, Art. 47 y Art. 23, los numerales 5.1 y 5.2 de la Norma Mexicana NOM-005-SSA3-2010 y el Art. 18 delReglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.” Sinembargo si no cuentas con el y lo deseas nosotros podemos ayudarte a realizar este tramite ante COFEPRIS.